Aval bancario: (Mercantil) Afianzamiento prestado por una entidad bancaria para asegurar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por su cliente.
Artículos 439 a 442 del Código de Comercio
Más información
¿Quieres consultar otro término sobre alquiler?
Lee todas las definiciones en el Diccionario Jurídico del Alquiler
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Es posible que si formula una consulta, se quede sin respuesta. Le ofrezco no obstante otra alternativa:
Puede plantearla en el grupo de Facebook, Consultas Alquileres, donde será atendida su consulta.