Convenio arbitral: (Procesal) Es el acuerdo entre las partes en virtud del cual someten a la decisión de uno o varios árbitros las cuestiones litigiosas, surgidas o que puedan surgir, en materias de su libre disposición conforme a derecho.
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Hola
ResponderEliminarQue le parece esta sentencia indicando que las cuestiones de deshaucio etc..... no se pueden somenter al arbitraje.
http://el-latigo.tripod.com/id25.html
Un saludo
Me parece sumamente interesante la doctrina que lo fundamenta, sin embargo al tratarse de un auto de Juzgado de 1ª Instancia, habría que saber si ha sido apeladoy en su caso el resultado de esa apelación.
ResponderEliminarEstimado Pedro no es la única sentencia.
ResponderEliminarMira lo que indica esta asociación de arbitraje respecto a dos sentencias
http://www.aryme.com/observatorio-noticia-528.php
Lo que esta claro es que los juzgados empiezan a desetimar, y estos no recurren. Crea una enorme inseguridad legal.
Un saludo
Reitero lo dicho, el asunto es interesante y poco pacífico, sin embargo ha de tenerse en cuenta que el arbitraje ha de referirse siempre a materias de libre disposición conforme a derecho.
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