Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: (Fiscal) El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, de naturaleza directa y subjetiva, grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas, en los términos previstos en la Ley.
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Tengo una duda respescto al impuesto de sucesiones. Mi madre se va a comprar una segunda vivienda por 100.000 € en Oviedo y no sabemos si es bueno que me incluya como copropietaria para luego no pagar el impuesto de sucesiones. En Oviedo, por lo que he leído, dicen que es uno de los más altos. Otra duda es que si ella vive en Madrid y está empadronada en Madrid, tendría que pagar el impuesto según dicta la Ley del Principado o según la CAM? Muchas gracias. Un saludo.
ResponderEliminarA Anónimo:Para contestar adecuadamente hacen falta mas datos le sugiero utilice el cauce de consultas. Incluir en la compra puede significar: a) pagar parte del precio y ello puede provocar una inspección/comprobación en IRPF para justificar el origen de ese dinero. b) No pagar nada y ello estaría sujeto a impuesto de donaciones, mas alto que el de sucesiones.
ResponderEliminarNo, la hipoteca correría al 100% por cuenta de mi madre. Yo cada mes le transferiría la mitad de dicha hipoteca a su cuenta. De todas formas, ¿es correcta la información de que a los 5 años el impuesto de sucesión prescribe? ¿Tendría que pagarlo segun la Ley del Principado aunque ella resida en Madrid? Muchas gracias de nuevo.
ResponderEliminara Anonimo: Para continuar esta consulta le sugiero utilice el cauce habitual telefónico o escrito.
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