Cuando ocurrieron estos hechos tan aireados en los medios, manifesté mi temor de que nos viéramos obligados a indemnizar al dueño del restaurante, un amable y anónimo comunicante me ha hecho saber que ese temor es infundado, ya que el asunto quedó resuelto hace tiempo.
Esa comunicación, que agradezco, me ha permitido conocer la sentencia del TSJ de Andalucía, de catorce de julio dos mil once que resuelve desestimar el recurso interpuesto contra la resolución en virtud de la cual, se acordó adoptar la medida provisional de clausura del establecimiento.
La desestimación está fundamentada en:
a) Considerar que la clausura provisional del establecimiento no tiene carácter sancionador y por lo tanto no vulnera la presunción de inocencia del afectado por dicha clausura. Tampoco implica la medida provisional adoptada la ejecución anticipada de la sanción.
b) Se entiende por el contrario que se trata de una medida cautelar prevista en la norma que se aplicó y que era susceptible de adopción en orden a la consecución de alguna de las finalidades descritas en la misma. Estas finalidades parecen ser asegurar el cumplimiento de los deberes y obligaciones derivadas de las previsiones contenidas en la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco y en el establecimiento se permite fumar y hay indicios de que se ha fumado recientemente, ceniceros, algunos con colillas, olor a tabaco.
En definitiva el TSJ de Andalucía entiende que el consumo de tabaco en el momento actual constituye una actividad sumamente dañosa para la salud individual y colectiva, que permite la adopción de medidas tan radicales como el cierre inmediato e irrecurrible de los lugares en que se fume.
Sin juzgar acerca de lo acertado o no de ese criterio lo que sí parece poco coherente es que por su parte la Administración Pública, que debe velar por el bienestar de sus administrados, haya tardado tantos años en percatarse del daño que los ciudadanos estaban recibiendo como consecuencia del consumo de tabaco, y de otra, y esto es lo más llamativo, que sea precisamente el Fisco quien mayor beneficio obtiene del tráfico de esa perniciosa droga que es el tabaco. En el resumen de los Presupuestos Generales del Estado se prevé un incremento de ciento cincuenta (150) millones de euros en ese beneficio para el ejercicio 2012.
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