Los supuestos legales por los que desaparece la propiedad horizontal son:
a) Por la destrucción del edificio, salvo pacto
en contrario. Se estimará producida aquélla cuando el coste de la
reconstrucción exceda del 50 % del valor de la finca al tiempo de ocurrir
el siniestro, a menos que el exceso de dicho coste esté cubierto por un seguro.
b) Por conversión en propiedad o copropiedad ordinarias
b) Por conversión en propiedad o copropiedad ordinarias
Ley de Propiedad
Horizontal: Artículo 23
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