jueves, 25 de febrero de 2016

Diccionario Jurídico de Propiedad Horizontal - Impugnación acuerdos



Facultad que la ley reconoce a cada propietario para solicitar judicialmente le declaración de nulidad de los acuerdos de la Junta que estime:
 
a) Contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios.
b) Gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.
c) Causantes de grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho


Ley de Propiedad Horizontal:  Artículo 18


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