HECHOS
Contrato de arrendamiento de vivienda otorgado el 9 de
marzo de 2018, con una duración de tres años.
Con fecha 7 de diciembre de 2020, el arrendador
manifiesta al término del plazo pactado, su voluntad de dar por terminado el
arriendo, que debía producirse el 8 de marzo de 2021.
Con fecha 11 de mayo de 2021, presenta demanda de desahucio.
El inquilino se opone invocando una duración mínima legal
del contrato de siete años; y la ausencia de notificación, con cuatro meses de
antelación.
El Juzgado de primera instancia estima la demanda y declara resuelto
el contrato.
La Audiencia Provincial de Barcelona, sentencia de 21 de
octubre de 2022, desestima la apelación del inquilino y confirma la del juzgado,
con costas en ambas instancias.
Considera Audiencia que los plazos de duración mínima y
preaviso que invoca el inquilino han sido introducidos por el Real Decreto Ley
7/2019, de 1 de marzo, convalidado por Resolución del Congreso de los Diputados
de 3 de abril de 2019; pero que, según su Disposición transitoria primera, no
es aplicable a los contratos de arrendamiento celebrados con anterioridad a su
entrada en vigor, la cual se produjo, según su Disposición final tercera, el 6
de marzo de 2019, continuando los contratos de arrendamiento celebrados con
anterioridad bajo el régimen jurídico que les era de aplicación, en este caso
la Ley 4/2013, de 4 de junio, por haberse celebrado el contrato de
arrendamiento que es objeto del pleito el 9 de marzo de 2018, no siendo por lo
tanto aplicable, en el presente caso, el Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de
marzo.
COMENTARIO:
Debía ser un alquiler muy económico puesto que el inquilino
ha pleiteado sin ningún argumento para prolongar el arriendo UN año y siete
meses, aunque para ello haya tenido que afrontar las costas de primera
instancia y apelación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Es posible que si formula una consulta, se quede sin respuesta. Le ofrezco no obstante otra alternativa:
Puede plantearla en el grupo de Facebook, Consultas Alquileres, donde será atendida su consulta.